Alguna que otra vez me he preguntado acerca de la legalidad de enlazar o citar contenido ajeno.
Hoy gracias a menéame, a la noticia El derecho de cita y su utilización en los blogs y al comentario resumen de kekobola podríamos decir que para ser legales al citar:
- Se debe tratar de obras divulgadas. (Ambos posts enlazados lo son)
- Sólo se permite la inclusión de un fragmento para utilizarlo como cita para comentarlo, analizarlo o valorarlo. (correcto, no hemos hecho C&P de todo el artículo)
- Sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación. (Creo que se nota que este blog no me ha hecho multimillonario)
- No cabe hacer un uso indiscriminado de este recurso. (Prometo no hacerlo a menuuuudo…)
- Se debe indicar claramente la fuente: el autor, el título de la obra y la fecha de divulgación (Hecho)